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Revoca TEEO nueva candidatura del PT en Santiago Huajolotitlán

24 de mayo. En Sesión Pública virtual, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó la candidatura de Isabel Patricia Bautista Sánchez a la Presidencia Municipal de Santiago Huajolotitlán por el Partido del Trabajo (PT), por no cumplir con las acciones afirmativas en la auto adscripción de persona con discapacidad.

Es de referir que en la Sesión Pública del 13 de mayo, el TEEO revocó la candidatura de Sarahú Peñaloza López por la misma causa, por lo que el PT la sustituyó por Bautista Sánchez, quien era su suplente. Sin embargo, el TEEO también le revocó el registro por no cumplir con los requisitos legales.

Al dar lectura al proyecto promovido por una persona con discapacidad visual bajo el expediente JDC/214/2024, el coordinador de ponencia, Cristian Santillán Valencia, dijo que la constancia médica que obra en autos, presentada por Bautista Sánchez y mediante la cual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) le otorgó el registro, no fue expedida por una institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.

El acuerdo del TEEO fue dado a conocer por la magistrada presidenta, Elizabeth Bautista Velasco.

“Se revoca el acuerdo IEEPCO-CG-102/2024 en lo que fue materia de impugnación, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO). Tercero. Se ordena al Consejo General del IEEPCO dé cumplimiento a lo señalado en el apartado de efecto del falló”, refirió.

El TEEO señaló que se advirtió que también resultó contradictorio el referido documento, ya que por un lado se desprendió que la candidata no tiene alguna enfermedad, y por otro, que la misma tiene discapacidad visual degenerativa por catarata en un ojo.

El proyecto expone que el IEEPCO fue omiso al no analizar de manera exhaustiva la documentación remitida por el Partido del Trabajo, con la cual presuntamente daba cumplimiento a la resolución dictada por el TEEO en el expediente JDC/97/2024.

-Gerardo Cruz

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